PELIGROS EN
INTERNET: ATENCIÓN! Viralización de riesgos para todo público¡!
Propongo en esta nueva entrada informarlos acerca de los
riesgos y peligros a los que estamos expuestos quienes utilizamos internet y las
diversas herramientas informáticas. En razón al tema elegido y con el objetivo de
que este artículo sea accesible, útil y comprensible, decidí evitar los
tecnicismos para que pueda resultar productivo al público en general.
Si bien el tema que abordaré permite un extenso análisis y
difusión, me propongo destacar algunas recomendaciones para que aprendamos a
hacer un uso moderado y confiable de estas herramientas tan comunes en la
actualidad y así disminuir las posibilidades de ser víctimas de algún
cyber-ataque. De todos modos seguramente volveré a referirme a estos temas en
próximas publicaciones.
Es normal que hoy tanto niños, como adolescentes, adultos y
hasta adultos mayores, en fin… todos, en el afán de adaptarnos a los cambios que
proponen la tecnología y los medios de comunicación, utilicemos internet de
diferentes maneras. Conforme las edades, algunos lo utilizarán para jugar
videojuegos online, otros para ver películas, para contactarse con personas de
distintos lugares del mundo, hay quienes lo utilizan para hacer compras, otros
para estudiar, o simplemente para pasar un rato leyendo noticias.
Es importante tener en cuenta sobre todo los más chicos, que
internet es un espacio en el cual constantemente estamos expuestos al riesgo de
que personas que no conocemos pretendan acceder a información privada o
hacernos daño de alguna u otra manera. Por eso, es recomendable, que toda
actividad que hagan en la compu, o en el celular se encuentren supervisados o
recomendados por sus padres y/ó hermanos mayores. Estaría bueno, que hablen con
sus papás y los hagan partícipes antes de compartir fotos o comentarios en las
distintas plataformas que utilicen como facebook, twitter, instagram u otras. También,
que los pongan al tanto de las distintas personas que van conociendo día a día
en las diversas redes sociales, ellos más que nadie van a saber aconsejarles si
son buenas amistades o en su caso, si lo que pretenden mandar, publicar o
compartir es interesante o los puede poner en riesgo.
Los adolescentes y adultos, tenemos que tomar conciencia de
los vulnerables que somos si no tomamos mayores recaudos en preservar nuestros
datos personales y tener en consideración que somos los principales responsables
de velar por el cuidado de nuestros seres queridos más chicos en el uso
moderado de internet y aplicaciones del celular.
ALGUNOS CONSEJOS
Es esencial preservar la información privada y sensible
personal y procurar que los menores que
se encuentran a nuestro cuidado lo entiendan.
Como primer recomendación, pesa sobre nosotros informarnos
para luego difundir la importancia del
cuidado de los cyber-ataques. Después intentar generar espacios para charlar,
explicar y advertir sobre estos riesgos a nuestro círculo íntimo. Es importante
tener en cuenta y aconsejar sobre la conveniencia de no revelar contraseñas a extraños ni siquiera a nuestros propios
amigos.
También se sugiere no
divulgar información privada a través de aplicaciones de mensajería instantánea,
como ser, fotos del anverso y reverso de las tarjetas de crédito, para realizar
una compra por internet. Asimismo, evitar enviar números de cuentas bancarias,
usuarios, contraseñas, teléfonos, pólizas de seguro, direcciones de nuestros
domicilios, colegios al que se asiste, facultades, trabajos u horarios. Los más
grandes podrían verificar que en los perfiles de las distintas cuentas y
plataformas propios y de sus hijos o hermanos menores no expongan información
de este tipo. También pueden ayudarlos a controlar las fotos que suben,
intentando que no se muestren datos que sirvan para individualizar su entorno,
como nombres calles, patentes de vehículos, barrios en los que viven, etc.
Si bien las aplicaciones que utilizamos en nuestros celulares
para contactar a nuestros amigos son muy útiles para organizar programas y
conversar, es trascendental tener en cuenta que en cada comunicación que
iniciamos en un mensaje privado, en un correo, en un chat de whatsapp,
telegram, line, comentario a una nota, blog, foto, noticia o cualquier otro,
nos encontramos ante una posibilidad de que nuestros mensajes se divulguen y
viralicen a una escala indeterminada e incontrolada.
Para los más grandes, quienes utilizamos las aplicaciones con
fines de productividad y comodidad, hay que evitar de ingresar a sitios de entidades financieras o de comercio
electrónico desde links o hipervínculos que puedan recibir en correos
electrónicos o desde páginas no oficiales que indiquen redireccionarlos a las
oficiales. La manera menos arriesgada de acceder es escribiendo la dirección de
la página web directamente en la barra del navegador o a través de la
aplicación oficial. Si se opta por acceder desde la página de internet, tomar
el recaudo de que el URL de la página comience con las letras https:// y que
aparezca en la barra del navegador un candado o barra del color verde para
saber que estamos navegando en un sitio privado y seguro.
Algunos de los anzuelos más utilizados por quienes pretenden nuestra
información privada, son aquellos links que ofrecen ver videos viralizados
donde captan la atención de los usuarios con títulos llamativos, para que
ingresen y de alguna manera accedan a sus datos. Otras de las maniobras son las
famosas páginas que te revelan quiénes han visto tu perfil de las distintas
plataformas a las que los usuarios se suscriben. Claro, que no todas son hechas
con estas intenciones, pero es difícil determinar cuáles son las adecuadas, por
eso, ante la duda es preferible no prestar atención a la curiosidad e
ignorarlas. También se han descubierto aplicaciones y páginas dañinas en
aquellas que ofrecen revelar los mensajes privados que reciben otras personas. Existe
gente que se las rebusca para captar la atención de los distraídos o curiosos
para entrometerse en sus asuntos personales o afectar con algún virus los
dispositivos de los usuarios.
Lo alarmante de estos riesgos a los que nos exponemos los
asiduos navegadores es que no siempre
las intenciones de la gente es acceder a los datos sino, directamente a las
personas.
Si no procuramos ser más cuidadosos en el manejo de nuestra
información en la web de alguna u otra manera estamos calibrando las miras de
los cazadores hacia nosotros mismos.
DELITOS INFORMÁTICOS FRECUENTES
Algunos de los delitos informáticos más frecuentes que se han
registrado en los últimos días son el “phishing”,
se trata de maniobras realizadas por computadoras o personas físicas con
intenciones de acceder sin consentimiento a información privada ajena. Con este
mecanismo se pretende posteriormente cometer fraudes por ejemplo con los datos
obtenidos de cuentas bancarias o de tarjetas de créditos. Lamentablemente, el
riesgo de ser víctima de esta maniobra es alto, porque por distracción o
ignorancia podríamos abrir mails y completar formularios que creemos que vienen
de fuentes seguras como bancos o cuentas de las distintas plataformas pero que
en realidad son medios que utilizan los estafadores para acceder a nuestra
información privada.
El robo de identidad
es otra maniobra e implica la creación de perfiles apócrifos. Muchos
delincuentes a los fines de ganarse la confianza de sus víctimas se crean
perfiles falsos con nombres de famosos o gente reconocida en distintos medios
para doblegar las voluntades de los demás. También lo utilizan para realizar
ataques desde el anonimato y no revelar su verdadera identidad, poniendo en
exposición a la persona que se le ha sustraído una foto, nombre o apellido. Algunas plataformas como Facebook y Google, estan provistas de procedimientos para denunciar o dar de baja fotos, comentarios e informaciones que sean abusivos, falsos o de alguna manera afecten a otros usuarios,
Otros de los términos reconocidos en este medio es el cyberbulling o cyberacoso, donde a
través de los medios de comunicación se difama, molesta, maltrata, hostiga,
amenaza, coacciona, o chantajea a distintas personas con fines de generarles
daño o para obtener algo de ellas que pueda ser beneficioso para el cyber-delincuente.
Estas conductas se han registrado entre ex parejas en
supuestos donde aparecen filmaciones, fotos o textos que se originaron en la
intimidad y de manera intencional o accidental se divulgaron, provocándose de
esta forma perjuicios tanto para los damnificados directos como para familiares
y amigos de los protagonistas.
Últimamente, se conocieron aplicaciones para concretar citas y conocer personas que pueden resultar peligrosas para sus usuarios. Es moneda
corriente la creación de perfiles falsos cuyas fotos e información no coincidan
con quien manipule la cuenta, sino que también existe el riesgo de que la
información con la cual uno se suscribe a las diversas plataformas y aplicaciones
se filtre en internet y se exponga la vida privada de todos. Un ataque reciente
a una de estas plataformas de citas ha generado muchos problemas a sus
usuarios, pues cuando se trata de internet uno siempre sabe donde deposita su
información pero nunca sabe donde terminará.
Tal vez, el más sensible de estos delitos informáticos es el
que se comete mediante manipulaciones y ardides de los delincuentes que logran
ganarse la confianza de los menores con intenciones de menoscabar su integridad
sexual. Esta práctica es conocida como Grooming.
El régimen legal aplicable a estas materias es por demás
extenso e incluye derechos y garantías con jerarquía Constitucional incluidos
por supuesto Tratados internacionales, por lo que solamente me detendré a
designar ciertos artículos que definen algunos delitos aludidos a los fines
informativos.
Recientemente a
finales del 2013 la ley 26904 introdujo en el Código Penal Argentino el
artículo 131 el cual establece: “Será
penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de
comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de
transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito
de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.”
En el art. 128 se establece “Será reprimido con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que
produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare
o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de
dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda
representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al
igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales
explícitas en que participaren dichos menores.
Será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior con fines inequívocos de distribución o comercialización…
Será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior con fines inequívocos de distribución o comercialización…
Claro que el supuesto no incluye el hecho en el que
se haga efectivo el ataque sexual, que de concretarse, por supuesto agravaría
la pena.
En cuanto a los delitos cometidos con fines de
acceder ilegalmente a los datos privados de las personas podemos nombrar los
siguientes, entre otros.
Art. 153 BIS. “Será
reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses, si no resultare un
delito más severamente penado, el que a sabiendas accediere por cualquier
medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o
dato informático de acceso restringido.”
La pena será de un (1)
mes a un (1) año de prisión cuando el acceso fuese en perjuicio de un sistema o
dato informático de un organismo público estatal o de un proveedor de servicios
públicos o de servicios financieros.
También el art. 157 bis. “Será
reprimido con la pena de prisión de un (1) mes a dos (2) años el que:
1. A sabiendas e
ilegítimamente, o violando sistemas de confidencialidad y seguridad de datos,
accediere, de cualquier forma, a un banco de datos personales;
2. Ilegítimamente proporcionare o revelare a otro información registrada en un archivo o en un banco de datos personales cuyo secreto estuviere obligado a preservar por disposición de la ley.
2. Ilegítimamente proporcionare o revelare a otro información registrada en un archivo o en un banco de datos personales cuyo secreto estuviere obligado a preservar por disposición de la ley.
3. Ilegítimamente
insertare o hiciere insertar datos en un archivo de datos personales.
Cuando el autor sea funcionario público sufrirá, además, pena de inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años.”
Cuando el autor sea funcionario público sufrirá, además, pena de inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años.”
Por último, si los hechos se generaren casos especiales de
defraudación, el Código Penal contempla en su art.173. inc. 15.”El que defraudare mediante el uso de una
tarjeta de compra, crédito o débito, cuando la misma hubiere sido falsificada,
adulterada, hurtada, robada, perdida u obtenida del legítimo emisor mediante
ardid o engaño, o mediante el uso no autorizado de sus datos, aunque lo hiciere
por medio de una operación automática.”
inc. 16. “El que defraudare a otro mediante cualquier técnica de manipulación informática que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos.”
inc. 16. “El que defraudare a otro mediante cualquier técnica de manipulación informática que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos.”
CONCLUSIÓN
Como conclusión de esta nota, me interesa poner en
resalto que los delitos informáticos son cada vez más frecuentes, y no
discriminan edades, géneros, clases sociales, ni ninguna otra clasificación. Absolutamente
todos estamos expuestos a estos peligros, y depende de nosotros mismos ser más
cuidadosos con los datos e información que compartimos, como también de las actividades
que realizamos en internet. Debemos velar por preservar la privacidad de los
menores quienes lamentablemente son los más vulnerables. Basta leer los diarios
y noticias para verificar que internet es el medio utilizado actualmente por
los delincuentes a los fines de obtener informaciones que sirvan para planear
sus ataques.
En la ciudad de Córdoba por delitos informáticos o
más precisamente contra la integridad sexual se puede concurrir a denunciar
ante las Unidades Judiciales que se encuentran en los distintos Barrios,
como también en la Unidad Judicial de Delitos contra la Integridad Sexual que
funciona en calle Rondeau 258 de Córdoba (Teléfono: 4331484/85) o Directamente
en las Fiscalías que se encuentran Tribunales II sito en Fructuoso Rivera 650 -
B° Observatorio Teléfonos directos: 4266800 – 4266900.
Por Santiago Grigera
Abogado
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